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25 de Noviembre del 2024
Política

Coacción del voto es ilegal y es sancionado por Ley

Coacción del voto es ilegal y es sancionado por Ley

La ley general en Materia de Delitos Electorales determina que los servidores públicos que coaccionen o amenacen a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición deberán ser sancionados.

De igual forma se aplica para los tres niveles de gobierno, en donde se estipula que quien incurra en esas acciones podrán recibir multas de 200 a 400 días de salario mínimo y prisión de 2 a 9 años cárcel es la sanción que impone

Por lo que los ciudadanos que sean objeto de lo antes mencionado pueden presentar sus denuncias ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales dependiente de la Fiscalía General del Estado (FGE) o en su caso, ante la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (FISEL) de la Fiscalía General de la República (FGE).

Cabe destacar que la Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía Especializada, se interponen denuncias relacionadas con la elección para la gubernatura o las diputaciones locales.

En ese sentido, es importante tener conocimiento que las sedes de la Fiscalía Especializada están ubicadas en esta ciudad de Xalapa, en el Circuito Guízar y Valencia número 707, colonia Reserva Territorial en Xalapa.

Así mismo, las Fiscalías Regionales y Unidades Integrales de Procuración de Justicia en el puerto de Veracruz, Córdoba, Cosamaloapan, Tuxpan, Tantoyuca y Coatzacoalcos, estarán atendido las denuncias que se pudieran presentar.

No obstante, en la FISEL de la FGR se presentan denuncias de presuntos delitos electorales relacionados con la elección de presidente de la República, senadores y diputados federales.

Entre las conductas sancionables durante un proceso electoral y principalmente durante la jornada de votación figuran, proselitismo, acarreo de votantes, introducir o sustraer boletas electorales, amenazar para que se emita el voto a favor de un candidato en particular y recoger o retener las credenciales de elector.

Es importante mencionar que también se comete un delito electoral cuando se restringe o anule el voto de una mujer; permitir que una persona vote sin credencial de elector o sin aparecer en la Lista Nominal; presionar con dinero a los electores el día de la jornada; votar más de una vez en la misma elección; realizar actos que provoquen la emisión de un voto hacia determinado candidato; condicionar los programas gubernamentales e impedir la instalación o cierre de una casilla.

Cuando se presenta una denuncia, ésta puede acompañarse de pruebas como nombres completos de testigos, fotografías, documentos, videos y audios y se pueden presentar de forma presencial, mediante el correo electrónico Las (delitoselectorales@fiscalíaveracruz.gob.mx) o marcando el número telefónico 2288419313.





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