El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió el plazo al 31 de mayo para la presentación de la declaración anual del ejercicio fiscal 2020 de personas físicas.
Lo anterior, es derivado a que el SAT seguirá apoyando la Jornada de #SanaDistancia y #QuédateEnCasa.
Por ello, hace el llamado a los contribuyentes a utilizar las herramientas digitales del portal www.sat.gob.mx para cumplir con las obligaciones fiscales.
Para información o dudas, puedes usar el nuevo chatbot, el cual se encuentra en el minisitio de Declaración Anual o en el portal de Declaraciones.
La Declaración Anual deben presentarla las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
? Servicios Profesionales (honorarios)
? Actividades Empresariales
? Plataformas Tecnológicas
? Arrendamiento
? Intereses
? Dividendos
? Enajenación de Bienes
? Adquisición de Bienes
? Salarios obtenidos por trabajar para dos o más patrones de manera simultánea.
? Cuando la totalidad de los ingresos anuales por salarios excede de 400 mil pesos.
? Si además de salarios obtuvieron otros ingresos.
? Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
? Cuando obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.