La reforma a la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), mediante un decreto emitido por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, impide que los jueces suspendan reformas constitucionales.
Entra en vigor mañana 14 de marzo y deriva de la modificación constitucional en materia del poder judicial de la federación, aprobada el 15 de septiembre de 2024, que transformó la elección de jueces, magistrados y ministros y reestructuró el sistema judicial en México.
¿De qué se trata?
Introduce cambios significativos en el procedimiento del juicio de amparo, el mecanismo fundamental para la protección de los derechos humanos en México.
El pasado 7 de marzo, la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas a la Ley de Amparo para armonizarla con los cambios constitucionales al Poder Judicial avalados por el Congreso de la Unión y las legislaturas locales.
El dictamen, derivado de una iniciativa de la presidenta de la República, fue enviado al Ejecutivo Federal para su promulgación. La votación en lo general fue de 338 a favor, 126 en contra y ninguna abstención, mientras que en lo particular se aprobó con 323 votos a favor, 123 en contra y cero abstenciones.
¿Qué implican las modificaciones a la Ley de Amparo?
Morena y sus aliados en la Cámara de Diputados aprobaron cambios a la Ley de Amparo para evitar que un solo juicio pueda invalidar sus reformas constitucionales. Con esta modificación, si el gobierno impulsa una reforma que afecta a toda la población, un amparo solo beneficiará a quien lo interponga, sin extenderse a otras personas en la misma situación.
Esto implica que cualquier persona afectada por una nueva ley deberá presentar un amparo de manera individual y litigar su caso por separado. Las resoluciones ya no tendrán efectos generales, lo que dejará sin protección a quienes no recurran a la vía judicial.
Además, el Poder Judicial perderá la facultad de suspender automáticamente las leyes impugnadas hasta que se resuelva el juicio.
Principales cambios aprobados
El juicio de amparo será improcedente contra actos del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial, en concordancia con la Constitución.
Las sentencias de amparo que declaren la inconstitucionalidad de normas generales solo beneficiarán a las partes involucradas, sin efectos generales, salvo que la SCJN lo determine.
Se establece una mayoría calificada de seis votos para que la SCJN emita precedentes obligatorios o dé efectos generales a acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales.
El magistrado federal Osiris Cedeño Muñoz dijo que con la reforma publicada hoy a la Ley de Amparo, prácticamente inicia la décima segunda época. Estará marcada por la oscuridad, la destrucción del Estado de derecho y de las instituciones, aunado a un grave retroceso en los derechos humanos.