Con cuatro votos en contra y uno a favor la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto de sentencia del Amparo 636/2019, el cual buscaba cambiar el marco legal en Veracruz para despenalizar el aborto.
Mencionaron, que no existe omisión legislativa, pues la norma es vigente, además de que no fue impugnada como tal.
Así mismo, tampoco existe un mandato especifico para legislar el problema que tiene que ver con un asunto técnico y jurídico.
Destacaron, que en la entidad ya está regulada la interrupción del embarazo, por lo que no era necesario el determinar si el Congreso había incurrido en una omisión legislativa, al negarse a ampliar las causales.
"Si existe una legislación, y tan es así que prevé diversas causales (?) podrían incluir otras causales, pero tendríamos que revisar la norma en revisión de una queja por perjuicio a una persona", dijo la ministra Norma Lucia Piña
El proyecto solicitaba atender las recomendaciones que se emitieran para Veracruz por la Declaratoria de Alerta de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado decretada el diciembre de 13 de diciembre de 2017.
Cabe destacar, que Veracruz ocupa el segundo lugar a nivel nacional con más de 20 mil embarazos anuales de mujeres adolescentes, siendo Xalapa, Veracruz, Coatzacoalcos, San Andrés Tuxtla, Minatitlán, Coscomatepec, Perote, Córdoba y Papantla, los 9 municipios que encabezan las cifras.