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23 de Noviembre del 2024
Denuncia

Conavim debe fundamentar rechazo a segunda alerta

Conavim debe fundamentar rechazo a segunda alerta

Zacatecas, Zac.- El Poder Judicial de la Federación, a través del Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dejó insubsistente la resolución de improcedencia de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) para el estado de Zacatecas y ordena a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM) emita nueva resolución, correctamente fundada y motivada, respecto de la segunda solicitud de AVGM realizada por el Observatorio de Justicia y Derechos Humanos de las Mujeres y las Niñas y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), el 23 de mayo de 2019, así lo dieron a conocer activistas feministas zacatecanas.

Cabe recordar que la primera solicitud de AVGM para el estado, fue realizada el 20 de enero de 2017 por la Coordinacio?n Feminista Olimpia de Gouges, A.C. y el Centro Las Libres de Informacio?n en Salud Sexual Regio?n Centro A. C. posteriormente fue declarada el 7 de agosto de 2018.

Ante la ineficacia del estado de Zacatecas en el cumplimiento de las medidas de prevención, de seguridad, de justicia y reparación, establecidas en la Declaratoria, y la persistencia de un grave contexto de violencia feminicida, pero sobre todo, por la documentación de casos desaparición forzada de niñas y mujeres, así como de casos de trata de personas, con fines de explotación sexual, que no fueron considerados en la primer solicitud, fue solicitada la segunda AVGM para el estado el 23 de mayo de 2019.

La solicitud fue realizada específicamente para los municipios de Guadalupe, Fresnillo y Zacatecas, para que atendiera de manera particular la problemática de desaparición y trata,, sin embargo la CONAVIM resolvió la negativa, sin fundar y motivar las razones de tal decisión, y peor aún, sin considerar:

La falta de respuesta en la búsqueda de mujeres y niñas desaparecidas.

Expusieron que ante la ausencia de un plan de trabajo en la recién creada Comisión Estatal de Búsqueda, así como de un presupuesto y recursos humanos para hacer lo mínimo necesario en la problemática de desapariciones.

Ante la negativa de admitir la segunda solicitud de AVGM para municipios específicos del estado, las organizaciones peticionarias solicitaron el amparo de la justicia federal el 5 de julio de 2019, a través del Juicio de amparo número 1018/2019, contra el actuar de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

La demanda de amparo, se encaminó a demostrar que la improcedencia de declarar una nueva alerta por violencia de género contra las mujeres por violencia feminicida en el Estado de Zacatecas, es ilegal por no estar debidamente fundada ni motivada, en razón que se cumplieron todos los requisitos exigidos por la normatividad de la materia para tal efecto y porque se solicitó con motivo de hechos nuevos y diferentes a los que generaron la primer alerta por violencia de género, aunado a que con ello se está impidiendo que el Estado cumpla con compromisos internacionales y lleve a cabo las acciones necesarias para evitar la desaparición de niñas y mujeres.

Dos meses después, el 13 de septiembre de 2019, Gabriel Regis López, Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México:

"Procede conceder el Amparo y Protección de la Justicia Federal a la parte quejosa para el efecto de que, luego que la presente resolución alcance el grado de ejecutoria, las autoridades responsables: Secretaría de Gobernación y Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, por sí o por conducto de otras autoridades, dejen insubsistente el ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE ALERTA POR VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES POR VIOLENCIA FEMINICIDA PARA EL ESTADO DE ZACATECAS, y en su lugar emitan uno nuevo en el que de manera fundada y motivada se pronuncien sobre la admisión o improcedencia de la solicitud de declaratoria de alerta de violencia de género presentada por la parte quejosa el 23 de mayo de 2019".

Con esta resolución, el Poder Judicial de la Federación reconoce el interés interés legítimo de las organizaciones peticionarias, de defender a las mujeres zacatecanas que se encuentran en una situación de violencia feminicida, principalmente víctimas de desaparición, para incidir en el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia.

Ante ello, como organizaciones peticionarias hicieron un llamado para que:

-La CONAVIM acate de manera inmediata la resolución Federal, motive y fundamente una nueva resolución sobre la Declaratoria de AVGM, solicitada por el Observatorio de Justicia y Derechos Humanos de las Mujeres y las Niñas y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio.

-Las autoridades estatales, implementen sin dilación y de manera cabal, las medidas de la primera solicitud de AVGM declarada para Zacatecas en agosto de 2018.

-Implementen acciones de prevención y atención urgente a la problemática de desaparición y trata de niñas, mujeres y adolescente zacatecanas.






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