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23 de Noviembre del 2024
Política

Continuará Nueva Alianza en Zacatecas

Continuará Nueva Alianza en Zacatecas

Guadalupe, Zac. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en sesión extraordinaria, aprobó la resolución RCG-IEEZ-035/VII/2018 por la que se otorga el registro como Partido Político Local al otrora Partido Nueva Alianza, bajo la denominación "Nueva Alianza Zacatecas"; registro que tendrá efectos constitutivos a partir del 1 de enero de 2019.


Lo anterior, con base en la documentación que integra el expediente de solicitud de registro presentada por el otrora Partido Nueva Alianza para obtener su registro como partido político local y con fundamento en los resultados de los análisis realizados, se concluye que la solicitud de registro y documentación anexa presentada cumple con los requisitos establecidos en el artículo 95 de la Ley General de Partidos y 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de los Lineamientos, en virtud de que:


Se presentó la solicitud de registro por escrito dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de que quedó firme el dictamen INE/CG1301/2018 emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral relativo a la pérdida de registro del Partido Nueva Alianza, en virtud de no haber obtenido por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria celebrada el 1 de julio de 2018.


Se acreditó haber obtenido por lo menos el 3 por ciento de la votación valida emitida en la elección local inmediata anterior; se acreditó haber postulado candidaturas en al menos en la mitad de los municipios y distritos en la elección local inmediata anterior.


Además, la solicitud de registro fue suscrita por los integrantes del Comité de Dirección Estatal del otrora Partido Nueva Alianza: Mariano Lara Salazar, Aída Ruíz Flores Delgadillo, Alejandro Espitia García, Margarita de la Fuente Luna, Julieta Pérez Alarcón, Julio Ramírez Barranco y Roberto Galavíz Ávila.


También, la solicitud de registro contiene el nombre, la firma y el cargo de quienes la suscriben, así como la denominación de partido político en formación ? "Nueva Alianza Zacatecas" ? y la integración de los órganos directivos del partido político.


Asimismo, la solicitud de registro se acompañó de los requisitos previstos en el numeral 8 de los Lineamientos, entre los cuales se encuentran los Documentos Básicos (Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos).


Por lo anterior, el Consejo General ordenó expedir el certificado de registro al Partido Nueva Alianza Zacatecas, informando de lo anterior a la Unidad Técnica de Vinculación, a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos  y al Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral, para los efectos correspondientes, haciendo constar el mismo en el archivo de registro de partidos políticos locales de este Instituto Electoral. Una vez que surta efectos el registro del Partido Nueva Alianza Zacatecas, se hará acreedor a las prerrogativas a que tiene derecho.


El Partido Nueva Alianza Zacatecas, dentro del plazo de 60 días posteriores a que surta efectos el registro, deberá llevar a cabo el procedimiento que establezca sus estatutos vigentes a fin de determinar la integración de sus órganos directivos, lo cual deberá informarlo a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos del Instituto Electoral para los efectos conducentes.


De igual manera, en caso de emitir alguna reglamentación interna, el Partido Nueva Alianza Zacatecas deberá comunicarlo a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos del Instituto Electoral para los efectos legales conducentes.






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