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31 de Marzo del 2025
Salud

Diputados avalan la practica de abortos en Zacatecas

Diputados avalan la practica de abortos en Zacatecas

ZACATECAS, ZAC Con 17 votos a favor, ocho en contra y una abstención, fue aprobado el dictamen presentado por la Comisión Legislativa de Salud, por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas en materia de interrupción legal del embarazo.

En presencia de mujeres y hombres denominados Provida, quienes a gritos pedían que el dictamen fuera enviado a la "congeladora" y la advertencia del diputado del PRI, David González Hernández de suspender la sesión o citar en otra sede; la votación en lo general y en lo particular se desarrolló en menos de una hora.

En su posicionamiento a favor del Dictamen, la diputada Renata Ávila Valadez del PT en su calidad de presidenta de la Comisión de Igualdad entre Mujeres y Hombres, señaló que se garantiza el acceso a la interrupción legal del embarazo y regula la objeción de conciencia de forma justa y equilibrada.

"La objeción de conciencia no es absoluta, no puede anteponerse a derechos fundamentales como la salud y la vida. Reglas claras para hospitales y cumple con estándares nacionales e internacionales, ya que se alinea con resoluciones de la SCJN y organismos de derechos humanos". expresó.

A su vez, reiteró que este dictamen es un paso clave para garantizar la autonomía y salud de las mujeres y personas gestantes en Zacatecas.

La diputada del PAN, María Teresa López García en su exposición en contra del dictamen se basó en lo establecido en la objeción de conciencia que se tienen en los mandatos jurídicos, sobre todo en las actuaciones entre los profesionales de la salud.

Dijo que en Zacatecas es inviable establecer esta reforma ya que se cedió el control de la salud al IMSS-Bienestar y ya no tiene autonomía operativa y presupuestaría.

La también legisladora blanquiazul, Karla Guadalupe Estrada García indicó que no se puede votar a favor de un dictamen cuando en Jalisco se encontró un campo de exterminio, perdieron la vida cientos de mexicanos y mexicanas, "quieren que haya más sangre, no sigamos dando pauta a esto".

La diputada del PRI, Isadora Santivañez Ríos, para hablar a favor del dictamen reiteró que es un tema complejo, por lo que es importante establecer un punto crucial ante un asunto de urgencia médica o de salud de la mujer.

En su intervención Dayanne Cruz Hernández del tricolor, habló en contra del dictamen expresando que para priorizar legislar a favor de la vida, está en contrato de "cargarle la mano al sector salud, porque no tienen con qué hacer frente a estas urgencias médicas".

Finalmente, la diputada Imelda Mauricio Esparza de MORENA en su posicionamiento a favor del dictamen se refirió al tema de regular la forma clara de objeción de conciencia, para evitar que se anteponga a derechos fundamentales como la salud y la vida.

Contenido de la Ley de Salud

Mediante la reforma aprobada a la Ley de Salud, se establece que las instituciones públicas de salud del gobierno del Estado brindarán el servicio de interrupción del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, y salubridad que garanticen la dignidad humana, dentro de las primeras 12 semanas de gestación y en los supuestos permitidos por el Código Penal para el Estado, de conformidad con la NOM-046-SSA2-2005 o cualquier otra norma que regule esta materia, cuando la mujer o persona con capacidad de gestar así lo solicite.

También considera que las instituciones de salud, en un máximo de 48 horas, pondrán a disposición de las mujeres o persona con capacidad de gestar, servicios de atención médica, psicológica y social con información científica, objetiva, veraz y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos de la interrupción del embarazo, así como de los apoyos y alternativas existentes, para que se tome la decisión de manera libre, informada y responsable, sobre su derecho a decidir.

Además, se incluye en la legislación que el médico y personal de enfermería a quien corresponda practicar la interrupción legal del embarazo y cuyas creencias religiosas o convicciones personales sean contrarias a tal procedimiento, podrá ser objetor de conciencia y, por tal razón, excusarse de realizarla, teniendo la obligación de referir de inmediato y por escrito a la mujer con un médico no objetor.






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