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25 de Noviembre del 2024
Política

Ni alcaldes ni gobernadores pueden determinar toque de queda

Ni alcaldes ni gobernadores pueden determinar toque de queda

Tepechitlán, Zac.- Ante la contingencia sanitaria en el municipio de Tepechitlán se determinó que a partir de este lunes 04 de mayo, se aplicará toque de queda a las 8 de la noche todos los días, ciudadanos que no cumplan dicho acuerdo, serán sancionados con multas que van desde 500 pesos por primer incumplimiento o hasta 2 mil pesos por tercer incumplimento.

Mismo documento señala que de no cumplir con el toque de queda serán arrestados por 36 horas, si se trata de un menor de edad pagará multa, o deberá pagar con trabajo comunitario. Dicho acuerdo será cumplido de igual manera por comerciantes establecidos, fijos y semifijos de dicha demarcación.

El Artículo 29 de la Constitución Mexicana dice: "En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro? solamente el presidente con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente? podrá restringir o suspender? el ejercicio de los derechos y las garantías".

Es decir, la suspensión de garantías, también conocido como toque de queda, es un recurso jurídico que sólo el Presidente de la República puede declarar, pues únicamente el titular del Poder Ejecutivo Federal tiene la facultad de suspender determinados derechos, en aras de su propia conservación.

Por lo tanto, ni alcaldes ni gobernadores de las diferentes entidades mexicanas pueden aplicar restricciones a la libre circulación en las calles de sus demarcaciones, limitándose sus facultades a emitir la recomendación de permanecer en casa y tomar las medidas higiénicas pertinentes para evitar contagios del COVID-19






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