ZACATECAS,ZAC.- Legisladores propusieron modificar el Código Penal para adicionar un cuarto y quinto párrafo al artículo 232 del código penal para que cualquier persona que tenga conocimiento del abuso sexual y no acuda a la autoridad competente para denunciar el hecho será castigada de dos a siete años de prisión.
Asimismo, que al servidor público que encubra, se le aplicará destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos hasta por la mitad del tiempo de la pena de prisión impuesta al autor del delito.
El abuso sexual infantil implica la violación de diversos derechos humanos, entre los que destacan: derecho a la integridad personal. derecho al libre desarrollo de la personalidad, Derecho a la protección de la dignidad, derecho a ser escuchad, derecho a no ser objeto de ningún tipo de violencia , derecho a la protección contra el abuso sexual y derecho a una educación sexual oportuna y de calidad.
Queda de manifiesto que en la entidad se castiga este delito, sin embargo, como ya se ha expuesto la mayoría de los casos de abuso sexual se dan en el mismo seno familiar lo que conlleva a no denunciar el delito y quedar impune.
El Estado tiene la obligación de velar por el interés superior de la niñez, para ello debe utilizar de sus instrumentos jurídicos, políticas públicas, mecanismos o instrumentos, es decir de toda su capacidad para evitar y en su caso sancionar y hacer justicia a quien vulnere el desarrollo psicosexual de una niña, niño o adolescente.