Zacatecas, Zac.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó diversos artículos de las leyes de ingresos de municipios del Estado, que establecen derechos por permisos para reuniones privadas.
En sesión presencial del Tribunal Pleno, la SCJN invalidó diversos preceptos de las Leyes de Ingresos de 51 municipios del Estado de Zacatecas, para el ejercicio fiscal 2021, donde se establecían derechos por la expedición de autorizaciones para bailes, fiestas y eventos privados.
Considerando que condicionaban el ejercicio del derecho de reunión de los habitantes al pago de un permiso, lo que carece de fundamento constitucional. Además de que las normas transgreden el principio de proporcionalidad tributaria.
El procedimiento fue promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de Leyes de Ingresos de municipios del Estado de Zacatecas, para el ejercicio fiscal de 2021, publicadas en el Periódico Oficial de la entidad de 30 de diciembre de 2020.