Por: Luis González
El arraigo domiciliario es una figura legal poco utilizada en México y Zacatecas. Su aplicación ha sido ampliamente debatida, ya que se considera una medida controvertida que, en algunos casos, puede vulnerar derechos humanos.
A nivel estatal, el Código Penal de Zacatecas establece que el arraigo domiciliario puede realizarse en el propio hogar del imputado o en custodia de otra persona, con o sin vigilancia, dependiendo de lo que disponga un juez.
A pesar de que sí está contemplado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en la práctica, se usa muy poco.
Carlos Villegas Márquez, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas menciona: "Sobre todo porque genera serios problemas al propio aparato del estado, obliga a que la secretaría de la seguridad pública tenga gente en el domicilio que esté vigilando."
México Evalúa, menciona que en Zacatecas el 50 por ciento de las medidas cautelares fueron llevadas a cabo en libertad, mientras que el 13 fueron en prisión preventiva justificada y el 35 por ciento en oficiosa, esta última ha sido ampliamente criticada por contribuir a la sobrepoblación carcelaria.
El Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria refiere que de los 145 centros estatales visitados, 80 cuentan con sobrepoblación, dos de ellos son los Ceresos de Zacatecas; el varonil tiene a 227 personas privadas de su libertad arriba de su capacidad de 1 mil 148, mientras que el femenil tiene a 39 mujeres más de su capacidad instalada, lo cual deja ver el problema de hacinamiento que existe en las prisiones.
Gerónimo Andrés Martínez, académico experto en temas penitenciarios añade: "Necesitamos que los jueces no abusen de la pena de prisión y de la multa, eso siempre lo hemos visto en todos lados, de ahí que haya sobrepoblación, no necesitamos prisiones."
En base a una solicitud de transparencia realizada en 2020, el Poder Judicial del Estado registró de 2014 a 2020 hasta 10 personas a las que se les otorgó arresto domiciliario por diversas razones como protección a las víctimas, mayoría de edad, enfermedad o razones de maternidad.
A pesar de una solicitud de información con datos de los últimos 5 años, la dirección de estadística del PJE de Zacatecas no obtuvo los datos, aunque el Magistrado Presidente, Carlos Villegas, refirió que actualmente sólo hay un proceso de este tipo llevándose a cabo en la entidad.
El presidente del TSJEZ puntualiza: "Evidentemente también para la sociedad prefieren en lugar de estar interno en un centro, pues finalmente estar en su casa, la problemática es que luego la gente lo ve como estar en su casa haciendo su vida habitual, convocando, trayendo, haciendo y deshaciendo y esto provoca una complicación, realmente en Zacatecas es poco lo que se utiliza."
El Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal y Estatal (CNIJE) refirió que en 2023 se publicaron un total de 14 mil 834 sentencias en Zacatecas, de las cuales la mayoría fueron en materia familiar (42.9%), seguidas de las de materia penal con 3 mil 774 sentencias (25.4%); en el mismo año, se les dió una sentencia condenatoria a 802 personas y se vincularon a proceso a otras 284 personas.
Francisco Torres Mireles, abogado y consejero en derechos humanos también refiere: "Son medidas de algún modo muy gravosas, pero sí contemplando ciertas circunstancias, que se pudieran llegar a suscitar, pudiera ser una medida menos agravosa que la prisión preventiva, en este caso justificada ."
El arraigo domiciliario podría ser una alternativa viable para despresurizar los penales, pero su falta de aplicación evidencia la resistencia del sistema judicial a adoptar medidas más flexibles, mientras los derechos humanos se siguen vulnerando.