La dirección de Reglamentos lleva a cabo visitas de información a comerciantes locales sobre la ley que regula el uso de cubrebocas en el estado y que tiene como objeto contribuir a garantizar el derecho a la protección a la salud, estableciendo el uso obligatorio del cubrebocas, para prevenir y contener la transmisión y riesgos de contagio del virus SARS-CoV-2, durante el tiempo que permanezca la emergencia y hasta que la autoridad sanitaria competente, declare oficialmente su conclusión.
Esta nueva Ley, fue publicada el pasado 20 de enero de 2021 en el Periódico Oficial del Estado, y en su Artículo 4 contempla las medidas sobre el cubrebocas, así como en sus posteriores artículos, la información que deben de tener a la vista todos los establecimientos para que la gente vea gráficamente las medidas a tomar y las prohibiciones.
También contempla sanciones que van desde el apercibimiento, la amonestación por escrito, solicitar el retiro del domicilio, insistir en usar el cubrebocas, multa de 10 a 30 UMAS y arresto domiciliario hasta por 36 horas.